Fuente: EUROPA PRESS
MADRID.- Se estrecha el cerco en torno a los inquilinos morosos. La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha aprobado, con competencia legislativa plena, el proyecto de Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y la eficiencia energética de los edificios. Entre otras medidas, este documento plantea el desahucio de los arrendatarios que no pagan en un plazo no superior a 15 días desde que así lo diga una sentencia judicial.
En todo caso, este dictamen jurídico puede estar ligado a la posibilidad de que el propietario, si así lo desea, proponga el desalojo voluntario al alquilado. Este plazo, igualmente, deberá ser de un mínimo de 15 días. Si el casero creyera conveniente esta propuesta amistosa y el inquilino no se marchara del piso en ese periodo, sería cuando intervendría un juez. Como máximo 15 días después se produciría el desahucio forzoso.
El texto aprobado se ha acordado entre los portavoces de Vivienda y de Justicia de los diferentes grupos parlamentarios
El texto aprobado es un refundido, fruto del trabajo coordinado de los portavoces de Vivienda y de Justicia de los grupos parlamentarios, que integra el proyecto de ley de fomento del alquiler de viviendas aprobada por el Gobierno a finales de 2008 y la proposición de ley de CiU de modificación de la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Civil para agilizar los procesos de desahucio. La norma seguirá a partir de ahora su tramitación en el Senado.
El texto aprobado por el Senado admite además que todas las acciones, tanto de desahucio como de reclamación de rentas, se tramiten en juicio verbal. Un procedimiento éste más rápido y sencillo que permitirá que el Tribunal dictará sentencia en cinco días en los casos de desahucio de la finca urbana.
No obstante, en contra del establecimiento de un periodo mínimo para el desalojo amisotoso de 15 días, no se acuerda un plazo máximo que el casero deba dar a su inquilino moroso. Además, si con anterioridad de la fecha fijada para el lanzamiento se entrega la cantidad debida al demandante, se dictará auto declarando ejecutada la sentencia, a no ser que el demandante decida lo contrario.
Los caseros podrán reclamar su piso para ex cónyuges
Además, se modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos extendiendo los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler en el caso de que el arrendador necesite la vivienda para familiares en primer plazo, de forma que, además de para los padres e hijos, se pueda incluir a los ex cónyuges.
Si en tres meses no se produce la ocupación, el arrendador está obligado a reponer al arrendatario el uso de la casa
En el caso de que en tres meses no se produjera esta ocupación, el arrendador estará obligado a reponer al arrendatario el uso de la vivienda, e indemnizarle por los gastos del desalojo.
Eficiencia hídrica
Por otro lado, igualmente, se ha incorporado al texto un acuerdo de ERC-IU-ICV y CiU, que se refiere al régimen aplicable a la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de los edificios. También se incorporó una enmienda de CiU para garantizar que las Administraciones Públicas adoptará medidas para garantizar la "eficiencia hídrica" de los edificios, con el objeto de hasta ahorrar hasta un 30% del consumo. Esta enmienda fue la única que prosperó con el voto en contra del PSOE.
El PP se abstiene
La iniciativa salió adelante con el apoyo del PSOE, CiU y PNV, el voto en contra de ERC-IU-ICV y la abstención del PP. Su portavoz de Vivienda, Pablo Matos, justificó su posición porque aunque la nueva ley supone "una mejora" frente a las situación anterior, no se ha aprovechado el trámite parlamentario para impulsar las reformas necesarias en el mercado del alquiler.
Ana María Fuentes (PSOE) aseguró que la nueva ley 'garantizará' la protección a arrendadores e inquilinos
La portavoz de Vivienda del PSOE, Ana María Fuentes, aseguró que la nueva ley "garantizará" la protección a arrendadores e inquilinos, al reforzar la seguridad jurídica de los contratos y las garantías de las partes, así como la eficacia de la Administración de Justicia, y destacó muy especialmente el "el esfuerzo realizado" por los socialistas y CiU para incorporar "lo mejor de ambas propuestas" iniciales a un solo texto.
Por su parte, el portavoz de Justicia de CiU, Jordi Jané, celebró que esta medida generará que "más propietarios opten por alquilar sus viviendas" y, con ello, facilitar una "mayor oferta de viviendas en régimen de alquiler, con mayores garantías gracias a la agilización del procedimiento de desahucio".
Si Usted es propietario y no le abonan las rentas, si contrata nuestros servicios no le cobraremos hasta que recupere su casa o le paguen la deuda pendiente.
Si es inquilino y le han iniciado un procedimiento de desahucio, revisaremos la demanda interpuesta y si no hay posibilidad de oposición, negociaremos con la propiedad para que se vea minorada o inclusive extinguida la deuda.
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Sobre esta materia, pueden ser de su interés los siguientes documentos:
Ley de Arrendamientos Urbanos
Modelo de Contrato de Arrendamiento
Actualización de Rentas de un Alquiler
Modelo Demanda Desahucio Vivienda